Formulario de Registro de Laboratorio Artesanal - Bolivia
CAPITULO I
Los laboratorios artesanales de productos naturales tradicionales, cualquiera sea la razón social, para solicitar un registro sanitario deben necesariamente contar con la Resolución Ministerial de autorización de funcionamiento acorde a las siguientes disposiciones legales.
1.1 Requisitos para Registro de Laboratorio Artesanal de Producto Natural Tradicional
Para la obtención del Registro Nacional de Laboratorio Artesanal de Productos Naturales Tradicionales, se deberá presentar un original y una copia de la documentación en archivador rápido de color rosado a la Dirección de Medicamentos y Tecnología en Salud del Ministerio de Salud y Deportes, incluyendo los siguientes requisitos:
Documentos del Laboratorio Artesanal:
- Formulario 023 (Registro de Laboratorio Artesanal), debidamente llenado.
- Fotocopia Legalizada del Número de Identificación Tributaria (NIT), cuando corresponda.
- Fotocopia de Constitución del Laboratorio Artesanal.
- Fotocopia de la tarjeta/cédula/matrícula empresarial de registro en el Ministerio de Trabajo para micro y pequeña empresa (urbano).
- Copia legalizada de registro al Municipio correspondiente (rural).
- Pago por derecho de inscripción: urbano Bs. 200 y rural Bs. 100, con boleta de depósito en la cuenta 3G-300 del Ministerio de Salud y Deportes, Banco Central de Bolivia.
- Contrato de trabajo con el personal, visado en el Ministerio de Trabajo (cuando el responsable técnico de elaboración, sea diferente al representante legal), cuando corresponda.
Documentos del Representante Legal:
- Fotocopia legalizada del carnet de identidad.
- Fotocopia legalizada de la credencial, otorgada por la Institución a la que pertenece.
- Fotocopia legalizada de la Resolución Administrativa del Servicio Departamental de Salud (SEDES) (urbano), cuando corresponda.
- Certificado original de la Asamblea o Cabildo (rural), cuando corresponda.
- Fotocopia legalizada de la matrícula de médico naturista o tradicional, emitida por el Ministerio de Salud y Deportes, cuando corresponda.
Documentos del Responsable Técnico de Elaboración:
- Fotocopia legalizada del carnet de identidad.
- Fotocopia legalizada de la credencial, otorgada por la Institución a la que pertenece.
-Fotocopia legalizada de la Resolución Administrativa del Servicio Departamental de Salud (SEDES) (urbano), cuando corresponda.
- Certificado original de la Asamblea o Cabildo (rural), cuando corresponda.
- Fotocopia legalizada de la matrícula de médico naturista o tradicional, emitida por el Ministerio de Salud y Deportes, cuando corresponda.
1.2 Procedimiento para Registro de Laboratorio Artesanal de Producto Natural Tradicional
a) Presentación de documentación en archivador rápido de color rosado previo pago por el servicio de acuerdo a aranceles a la Dirección de Medicamentos y Tecnología en Salud a través de Archivo del Ministerio de Salud y Deportes, de acuerdo a requisitos.
b) Cumplidos los requisitos de presentación, el Área de Vigilancia y Control de la Dirección de Medicamentos y Tecnología en Salud, procederá a la evaluación y verificación técnica de la documentación.
c) En caso de conformidad y cumplidos todos los requisitos, el Área de Vigilancia y Control de la Dirección de Medicamentos y Tecnología en Salud o la Jefatura Regional de Farmacias de los Servicios Departamentales de Salud, expresamente delegada, procederá a la inspección para la verificación de las instalaciones del laboratorio artesanal.
d) En caso de conformidad de la inspección, el Área de Vigilancia y Control prodecerá a
la elaboración del informe técnico, el mismo que será derivado a la Dirección de
Medicamentos y Tecnología en Salud para su remisión a la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Deportes para su análisis legal y posterior
emisión de Resolución Ministerial que autorice el funcionamiento del Laboratorio
Artesanal. (mayor detalle en documento adjunto PDF:Manual para Registro Sanitario de Producto natural, tradicional y artesanal
Fuente:http://unimed.sns.gob.bo/reg-far/31.htm
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